«Empero no pueden fazer esto los obispos contra los frayles suso dichos: los quales son exemptos: e no sometidos a sus ordenaciones. E assi como no puedan los frayles suso dichos absoluer de·los casos reseruados en derecho a·los obispos segun se dize in clementina Dudum. sigue se que pueden absoluer de todos los otros conuiene saber de·los reseruados por consuetud de algun lugar particular o por constitucion synodal.»