«juyzio contencioso: ca si en·el juhizio de conciencia de otra manera constasse que entendio el que dio la autoridad: esto haun que no houiesse esprimido cosa alguna en·la confession general se entenderia ser special. E esto mismo se puede dezir de·la autoridad dada por el obispo a·los confessores. ca diziendo: yo do mi autoridad en la confession no se entiende por esto hauer les otorgado sus casos:»