«si esto procurassen. o si fuessen puestos contra su voluntad son escusados si proposaron el jmpedimiento e no son oydos. el officio de juzgar es necessario e puede a esto ser forçado e a·la prelacia el que no es letrado: e entonce no pecca: assi como se acostumbra fazer en las religiones e lo que dize Gregorio: que si es indigno que no deue obedescer: e si es digno que»