«son de derecho conuiene saber de irregularidad: e entonces no deue obedescer sino que sea promouido por dispensacion. en otra manera touido es el religioso de obedescer. ca en otra manera qualquier religioso: que se reputasse indigno refuhiria e assi los indignos solos serian promouidos. mas el que no forçado mas por su voluntad recibe la potestad de su prelacia, o de oyr confessiones e no tiene sciencia abastante: pecca. mas»