«dixe la otra vez: assi como si ninguna absolucion houiesse de fecho entreuenido ca bien le puede absoluer haun que despues de muchos dias se le hayan oluidado los peccados: solamente se le acuerde la penitencia. ca si no le houiesse tassado la penitencia: entonce seria menester reduzir ge le a·la memoria: por lo qual el que remite el penidiente al obispo si no le absuelue: deue notificar la penitencia»