«mayormente quando basta absoluer de todos: e dar penitencia por la ficcion e por los otros: e que faga la penitencia que le es impuesta. Esso·mismo dize Pedro de Palude. que quando el que se confiessa esprime su ficcion: verbi gracia que dize no poder, o no querer guardar para en·el tiempo venidero: al qual absuelue el sacerdote haun que no lo deua fazer: ca en otra manera peccaria abusando de·la»