«todas las dispusiciones precedientes. E porque ninguno sabe si tiene la gracia que se requiere para la contricion: por esso ninguno puede ser cierto de su contricion: ni por consiguiente de·la remission. E dize Ricardo que si el que se confiessa en peccado mortal tiene atricion de su peccado de tal guisa que razonablemente puede presumir que es dispuesto: no pecca recibiendo la absolucion: antes las mas vezes por virtud»