«dar tal penitencia que razonablemente crea que aquel la ha de complir a quien la da porque quebrantando la: no le acaezca algo peor. e si ha cometido algunos grandes peccados: e dize que se repiente. mas que no puede fazer alguna penitencia aspera ponga le animo el confessor mostrando le la pesadumbre de sus peccados e las penas que le son por esto deuidas. e en fin deue la penitencia»