«siempre quedando la culpa venial dura tambien la pena. assi lo tiene sancto Thomas. E Pedro de Palude assi lo declara en·el .iiij. el peccador despues que es reconciliado a Dios es deudor de·la pena finita no empero pagadera en qualquiere manera: mas solamente en estamiento de gracia en·el qual es solamente accepta a Dios. en otra manera es deudor de tanta pena quanta merece la culpa: e aquella es»