«papa de mano de alguno sino del papa, o del nuncio d·el que recibe aquellas de mano del papa han menester absolucion papal.§ Las escomunicaciones papales que conciernen los religiosos: son las siguientes.§ Los clerigos e religiosos que induzen a votar, o jurar de escoger sepultura en su monesterio, o si la han escogido: que no la muden: caen en descomunion papal. Los religiosos que sin licencia especial del propio»