«obispal. Los señores temporales que viedan a sus subditos que no vendan cosa alguna a·los perlados e personas eclesiasticas, o merquen d·ellos, o les muelgan trigo, o les cuezan pan: incurren en descomunion obispal. Los que empachan: que delante de juezes eclesiasticos, o legados, o ordinarios: en·los casos que a ellos pertenecen los que se quexan: no puedan alcançar justicia: incurren en descomunion obispal. Los que empachan a·»