«que la subuencion sea en todo caso a·lo menos de mil .d. libras cada hun año por tiempo de doze años. Y pues se ha de regir mucho por vuestro consejo endreçat lo de manera que este negocio tome buena y presta conclusion. Mas entre tanto que esto de·los ecclesiasticos no se concluye porque la ciudat se pierde y va en diminucion de cada dia nos parece bien vuestra deliberacion de apuntar el fecho de·los creedores»