«por bienes sedientes y en lugar de bienes sedientes a propria herencia suya et de·los suyos. En·tal manera que luego que el haya recebido las dichas quantidades e bienes aquellas esmerçara ante que pora en·censales e otras buenas propiedades en buenos lugares e seguros a·propia herencia suya et de·los suyos y el dicho esmerç que·se fara de·las dichas quantidades ara sean censales ara en otras propiedades qualesquiere todo aquello sea hauido por bienes»