«mas haun de todas las circunstancias: segun hauemos arriba demostrado. Empero no es menester confessar de qualquier peccado todas las circunstancias suso dichas: mas aquellas solamente que traen el peccado a otra specie: que tiene special difformidad contraria a alguno de los mandamientos. E haun en qualquier specie de peccados mortales deue preguntar con diligencia del numero de·las vezes que lo ha cometido.§ Comiença la primera parte: de·la manera»