«sin razon: assi como ayunar en domingo, o no peynar se o lauar se en sabado: e cosas semejantes no es peccado mortal: mas deuen le vedar que no lo cumpla.§ De traspassar el voto.§ Nota que el confessor puede absoluer de traspassar el voto: e esto assi por derecho comun e consuetud: ca no es de·los casos reseruados: mas no puede entremeter se de dispensar en los votos: ni»