«porque es menester distintamente confessar las, o preguntar las si los confessantes no las dizen por si mismos. empero no es necessario preguntar de todas estas cosas sino que la necessidad lo fuerce: por no auezar a alguno: lo que no sabia. mas segun conuiene a·las personas: que se confiessan. e despues que han dicho la specie postrimera no es mas de descender a las otras circunstancias particulares que no»