«manera: no lo dize al comprador, o al que lo alquila: e de aquello se sigue daño es obligado a satisfacion d·esto a arbitrio de buen varon. Si la mujer supone parto aieno, o concibe de adulterio no sabiendo lo su marido es touida a el de todas las despensas fechas al fijo putatiuo: e a los parientes e fijos e herederos de aquellos bienes que vinieron a aquel tal.»