«pecca: e deue dar lo a pobres. esto digo porque seria cosa dificil dar vna tal cosa a·las personas propias: como sea cosa poca. Si con el dinero del comun: el qual tiene en deposito: mercadea: e gana algo con ellos por contractos vsurarios es touido restituir las vsuras ad·aquel de quien las touio. empero si por contracto licito: paresce ser obligado a·la comunidad a·lo·menos en»