«de corregir e emendar el proximo: dexando le del todo corregir y emendar: seria peccado mortal. Empero dilatando la tal correccion: seria venial o no corrigiendo lo de peccados veniales.§ Jtem no seruo el orden deuido en·la correccion del proximo, o le corrigio e castigo muy asperamente, o en tiempo, o lugar no deuido: es peccado.§ De·la negligencia e descuydo de·la confession. capitulo .iiij.§ Si dexo a·lo·»