«las cosas necessarias o les coziessen el pan por no hauer hauido d·ellos lo que quiso pecco mortalmente. Si se vsurpo de nueuo los patronazgos de·las yglesias, o los bienes de·las yglesias vacantes, o de·los monesterios: allende el peccado mortal: es descomulgado. Si puso tallas, o collectas, o otros agrauios a·los clerigos, o a otras personas ecclesiasticas sin licencia del papa: si·no desiste despues de·»