«a el encomendada no trata fielmente mas consumo: e destruyo los bienes de aquel: es peccado mortal: e es obligado a·los daños. Si en·la tierra de su jurisdiccion sufrio tener medidas injustas, o pesos falsos, o injustos precios de·las cosas venales: es peccado mortal. e es obligado a euitar lo si comodamente lo puede destoruar: semejantemente pecca: si introduze, o sostiene malos costumbres, o corruptelas. Si sufrio los»