«recibio en dinero e no por castigar los delinquientes, o saco d·ellos allende el deuer, o las penas corporales, o de muerte mudo en dinero por auaricia: e contra justicia: es peccado mortal. Si permetio muchos ladrones en sus tierras, o fauoreciendo les maliciosamente, o no queriendo por auaricia gastar por assegurar la patria: es peccado mortal. e es touido de·los daños, e de·los robos fechos: si buenamente»