«descomunion mayor: ni el religioso sino por su monesterio: e de mandamiento de su prelado. ni los clerigos: que son sacerdotes, o tienen menores ordenes. e los beneficiados son prohibidos de aduocar en·la corte secular saluo en su propia causa e por su yglesia, o por sus parientes, o por miserables personas: ay otras personas: que son prohibidas esso·mismo. El juez, o el assessor no puede ser aduogado en·»