«enseña publicamente leyes, o fisica admetio adrede a su licion los religiosos, o sacerdotes seculares, o otros clerigos no sacerdotes: mas constituydos en dignidad. ca descomulgado es quando adrede admete alguno de·los suso dichos iuntamente con aquellos. Si el que enseña, o lee en qualquiere facultad haun sea theologia: admeta al religioso que salga de su monesterio. con su habito a oir sin licencia de su prelado. e lo faze»