«pobres: los quales conoscio que no podian pagar. ca a esto es obligado: e haun pagar por ellos. las medicinas si puede. ca en otra manera pecca mortalmente. Si fue muy largo e liberal a induzir a·los flacos a quebrantar los ayunos del yglesia sin causa justa (lo qual fazen muy a·menudo) no es sin peccado. empero si haun a·los sanos desconseja los ayunos de·la yglesia: diziendo»