«de hauer lo sabido: fasta que lo renuncie. e no faze los frutos suyos: mas es touido a restituir los: sacadas las cosas fechas en prouecho del beneficio. Empero el no sabiendo lo podria se dispensar por otro: mas no por aquel: con quien fue cometida. mas si la simonia es notoria: es el tal suspenso quanto a·la execucion de·los ordenes. mas el obispo puede dispensar: si la simonia»