«mortalmente. ca todos los males que se siguen dende: se le cuentan. Mas si no puede fallar alguno ydoneo: exercezca el officio por si mismo, o si no puede proueher: renuncie.§ Jtem no conuiene al prelado otorgar sus vezes so tributo. ca es cosa spiritual. Conuiene saber si dixiesse: otorgo te que ayas: y exercezcas mis vezes, o tal jurisdicion: e sea toda la ganancia tuya: y dar me has tanto.»