«que puedan, o embiaron por absolucion: caen en·la misma descomunion papal. Los que sepultan los cuerpos en·los ciminterios en tiempo de entredicho: en los casos no permesos de derecho: son descomulgados de descomunion obispal. Los que sepultan a los publicamente descomulgados, o a los nombradamente entredichos, o a los logreros manifiestos: e esto fazen a sabiendas en los ciminterios: son descomulgados. Los clerigos que luegan casas a los vsureros»