«a·los quistores diuulgar indiscretas indulgencias e falsas. qualquier caso d·ellos es peccado mortal: e graue si molesta e agrauia injustamente los exemptos: como son los predicadores e frayles menores: heremitas de sant Augustin. carmelitas. los cistercienses: e los otros que tienen priuilegios de exempcion: no guardando les sus priuilegios, o en no admeter los que le presentan para oir confessiones: pues sean ydoneos: segun la clementina Dudum de sepulturis, o retouiendo»