«es obligado a componer se con el por la injuria que le fizo: e pedir le perdon personalmente si osa, o por otro: si por si no puede. mas si el diffamado no conosce al diffamador reconcilie se con el: callando su nombre. En·la segunda manera acaece fazer la diffamacion: diziendo alguna cosa verdadera de otro. la qual empero estaua occulta. E en aquel caso el tal es obligado a»