«mismo: ni diziendo las como cosa cierta. mas que oyo tal o tal crimen de alguno. el qual no sabian los oydores. En tal caso dize Scoto en·el .iiij. que el tal fablando assi indiscretamente de otro: diziendo quiça que possible es que lo aya fecho, o diziendo yo lo oy: sino que le mostrasse alguna mayor certidumbre: que por la comun relacion no le quita por la natura del»