«de ser restituida segun algunos. esso·mismo el robador es obligado despues de hauer fecho la restitucion del daño: pedir perdon de·la injuria: a·lo·menos por medio de otra persona, o por si: exprimiendo el nombre del ladron, o callando lo: segun que la qualidad del negocio lo requiere: si es cosa manifiesta, o secreta. En·el tercero caso si es cosa que rienda fruto: es obligado a restituir»