«restitucion al monesterio. La fija del religioso: haun que sea abad dotada de·los bienes del monesterio es obligada a restituir el dote: e haun su marido si lo sabe saluo si la huuiesse dotado moderadamente por via de limosna. Mas pregunta se si qualquiere ganancia que alguno faze de·la cosa robada: furtada, o ganada a logro si es obligado a restituir la, o distribuir la a pobres. E responde»