«como personal no se endreça al fiador.§ Jtem nota segun Ricardo que el que daña a alguno injustamente en su libertad. conuiene saber procurando injustamente se ser fecho alguno esclauo: es obligado a fazer se esclauo por el: si·no puede en otra manera restituir lo a libertad: sino que fuesse quiça tal la condicion de·la persona que fizo este daño: que manifiestamente redundasse en prejuyzio del bien comun. en·»