«el deudor. empero si el vno es absente del lugar en·donde se fizo el robo, o el daño: embiar se ha a su costa del que se absente del lugar e assi si es absente aquel: a quien se ha de fazer la restitucion: conuiene saber que mudo su domicilio: embiar le ha la cosa furtada, o el dinero el que ge lo furto a costa de aquel: a quien»