«faga discretamente que lo reciba aquel a quien lo deue: e no se lo tenga la persona medianera a quien lo da. ca no seria por esto librado. y no confie de·los confessores: ni predicadores: ni quistores: que buscan el dinero: y no la salud de·las almas. E si el que fizo el robo, o engaño: no restituye: como el heredero sea obligado a todos los cargos del defuncto»