«a·los pupillos suyos señores, o padres: es deuer si se puede y deue por ellos fazer la restitucion: e si lo deuen fazer de·lo suyo propio no sabiendo y no queriendo lo los pupillos, o padres, o señores: y si lo deuen fazer de·los bienes de aquellos a cuyas manos llegaron las tales cosas mal ganadas. E respondo que algunos dizen indistintamente que si en·el judicio de·»