«quedan principalmente obligados: la qual remission obtenida libere spontaneamente e no seran mas obligados: mas al principal solo saluo si haun a el le soltassen la deuda. E si no les quisiessen fazer el tal finequito: son obligados a satisfazer de·lo suyo. E entonce fasta la suma que pagaren por ellos podran secretamente tomar de·los bienes de aquellos: si en otra manera por juyzio no los pueden hauer. de»