«es que satisfecho se entiende en qualquiere manera se cumpla el desseo del creedor: haun que realmente no le pague. La tercera es insoluble: y que no ay respuesta segun el. que ay algunos casos speciales: en los quales a los obligados a restitucion no abasta si les sueltan la deuda. pues luego en los otros casos la regla esta en pie. que abasta el soltar la deuda. Esso mismo tiene»