«las vsuras. Diremos quiça que el deudo vna vez soltado deua ser restituido a aquellos: a quien de primero era obligado. E es de dezir segun Fedrique de Sena que el testador fablo por palabras que hauian respecto al fecho: assi como quando mandasse restituir las vsuras ad·aquellos a quien era obligado restituir las y en aquel caso: no embargante el soltar de·la deuda sera obligado el heredero a satisfazer: y»