«con daño ajeno: y esto ha verdad: saluo si los derechos y costumbres de·la tierra lo dispusiessen de otra manera. lo qual se deue guardar en semejantes casos. ca segun el derecho humano: las possessiones, y las otras cosas: como proprias se poseen. Quanto a la tercera voluntad: que se llama conforme. esta se falla en los contractos licitos. en·los quales la voluntad de·los contrayentes se conforma junctamente.»