«pagados los creedores: ninguna cosa le queda de·la herencia: no es obligado a los legatarios. E si el heredero mudare este orden pagando primero a los legatarios, o a los crehedores postreros: no es libre quanto a·la consciencia. sino que lo fiziesse no sabiendo: y pensando que la herencia abasta a pagar lo todo, o no sabiendo ser vn creedor primero que otro. y con esto concuerda Hostiense.§ Jtem»