«la restitucion de·los bienes que gasta el fijo borde del padre putatiuo: y de toda la herencia, o de·la parte que viene a el. E primeramente es de ver de·la misma mujer adultera: como sea obligada y a que. Lo segundo es de ver del mismo fijo borde: si es obligado y como. Lo tercero del mismo padre que huuo aquel fijo de adulterio: como es obligado»