«de consentimiento d·ellos: esten a la voluntad d·ellos. Empero si los tales no saben los daños: y el reuelar podria ser peligroso a los que quieren restituir: en tal caso no lo deuen reuelar mas de presumir es: que el confessor tractara bien la causa de aquellos si el que se confiessa: tenga proposito de satisfazer lo mas presto que pueda. ca en este caso ha lugar la ratihabicion:»