«presumir es: que el confessor tractara bien la causa de aquellos si el que se confiessa: tenga proposito de satisfazer lo mas presto que pueda. ca en este caso ha lugar la ratihabicion: y la confirmacion de·lo fecho: solo por vna manera de egualdad: y entonce el que se confiessa: puede ser absuelto y comulgar. pues es en via de saluacion. E si quiça no se sabe en manera del»