«se segun Scoto que queriendo el señor desordenadamente luego cobrar lo suyo: y no queriendo por consiguiente que el proximo se le tenga lo suyo contra justicia: en aquel caso el que tiene: no es injusto detenedor. ca el deposito deue ser restituido de estrecha razon quando lo pieden. Empero quando el señor lo pide con voluntad desordenada: para que faga con el algun mal: puede no tornar lo. E dize»