«la estrema necessidad faze todas las cosas comunes. O lo ha menester para mantenimiento suyo: y en aquel caso torno a distinguir. ca, o primero el señor de·la cosa ha menester aquella para su mantenimiento ante que aya seydo necessaria para mantenimiento de aquel que la furto, o en vn mismo tiempo el vno y el otro la ha manester para su mantenimiento: y en·el primer caso y segundo»