«restitucion: sino que la misma condicion acerca de·la qual se yerra: fuesse causa final del tal dar. lo qual prueuan por vn semblante. yo te doy cient libras: porque creo que eres mi amigo: puesto que el que las recibe no sea mi amigo: no es obligado a restitucion. Empero si la amistad es causa que yo te di las cient libras: conuiene saber si eres mi amigo: y no»