«las casas del principal de·mi dicha dona Beatriz et de nosotros suso nombrados et de cada·uno de·nos e·de·los dichos concellos aliamas vniuersidades e·singulares de·aquellos et de cada·uno d·ellos qui somos et por tiempo seran e·doquiere que seran trobados e vendidos sumariament a·vso et costumbre de cort et de alfarda orden de drecho o de fuero no obseruado e·doquiere que por·la dicha razon se vendan nos dichos vendedores e·cada·uno de·»