«part et el dito Garcia de Felicia de·la otra en et sobre las ditas alfaceras. Por los ditos judges et su sentencia el dito dreyto de·las ditas alfaceras fue aplicado et incorporado en el patrimonio del dito senyor rey. Arnaldus del Calbo notarius. § Item ha el dito senyor rey en la dita ciudat los dreytos et rendas de·los peages que por el se cullen et lieuan en la dita ciudat et sus terminos et en el puerto mayor con»